La Junta Central Electoral confirmo la legalidad del matrimonio contraido por Jayden Resto Holguin y Regina Balaguer de Resto tras las diversas reacciones registradas en redes sociales y medios de comunicacion. El organismo electoral detallo mediante un comunicado emitido el treinta y uno de agosto de dos mil veintiseis que, para los fines del Registro Civil, los contrayentes figuran con identidades registrales diferentes, especificamente Aris Doris Resto Holguin registrada como mujer y quien utiliza publicamente el nombre de Jayden Resto Holguin, y Miguel Jose Balaguer de la Rosa registrado como hombre y quien se identifica como Regina Balaguer de Resto. La institucion sustento su decision en el articulo cincuenta y cinco de la Constitucion de la Republica Dominicana, cuyo numeral tres establece que el matrimonio se basa en la union entre un hombre y una mujer.

El caso adquirio notoriedad debido a que la pareja se identifica publicamente como personas trans, siendo Regina conocida en plataformas digitales como Reina de Coronas. Segun la informacion difundida, la relacion sentimental comenzo a traves de redes sociales con comunicacion a distancia y un noviazgo de aproximadamente dos anos, tras lo cual iniciaron los tramites para formalizar su union en mayo de dos mil veintiseis. Durante el proceso de formalizacion, la pareja habria enfrentado dificultades iniciales debido a cuestionamientos de empleados sobre su apariencia, por lo que recibieron orientacion de la organizacion Trans Siempre Amigas y otras entidades defensoras de derechos humanos.

Desde el punto de vista juridico, la institucion electoral puntualizo que la union cumple estrictamente con los requisitos legales y constitucionales al tomar como referencia las actas de nacimiento y documentos oficiales, por lo que el caso no constituye una modificacion de las normas dominicanas sobre el matrimonio ni un reconocimiento de enlaces entre personas del mismo sexo. Sin embargo, el episodio genero cuestionamientos publicos y un debate sobre la actuacion estatal, con planteamientos que senalan que si bien las instituciones tienen la obligacion de rendir cuentas y explicar las bases legales de sus decisiones, esa obligacion tiene el limite de no divulgar informacion personal innecesaria que vulnere la intimidad de los ciudadanos.

Organismos y sectores criticos han advertido que el manejo de actas, cedulas y datos familiares por parte del Estado requiere protocolos claros para informar lo indispensable y proteger los datos sensibles de la ciudadania. Aunque no corresponde afirmar sin una decision competente que la Junta Central Electoral haya violado la ley en la difusion de los registros civiles, las organizaciones y la pareja sostienen que no se otorgo autorizacion para dicha divulgacion y solicitaron retirar la publicacion, abriendo un debate nacional sobre los limites entre el interes publico y la proteccion de la vida privada en el Registro Civil.