El Segundo Tribunal Colegiado de Santo Domingo Este dictó una sentencia de treinta años de prisión contra Yimi Francisco Acosta Mateo, tras hallarlo culpable del asesinato de su primo, Pablo Geovani Toribio Acosta, conocido como Vani. El crimen, ocurrido en el sector Hacienda Estrella de Santo Domingo Norte durante el año 2022, tuvo como móvil el robo de pertenencias personales de la víctima, incluyendo una cadena de oro, una cartera y una suma de dinero no especificada. El tribunal ordenó que la pena máxima sea cumplida en el Centro de Corrección y Rehabilitación Las Parras, ubicado en el municipio de San Antonio de Guerra.

Los hechos se desencadenaron cuando la víctima, quien se preparaba para viajar a los Estados Unidos, se encontraba en un colmado del sector Villa Jerusalén. Según el expediente presentado por el Ministerio Público, el victimario se presentó en el lugar y convenció a su primo de acompañarlo a un car wash en Haras Nacionales para retirar un vehículo que había dejado lavando previamente. Tras realizar esta diligencia, ambos se dirigieron a la vivienda de la víctima, momento en el cual Acosta Mateo procedió a cometer el homicidio utilizando un arma blanca, causándole múltiples heridas mortales.

Este suceso ha generado un impacto directo en el entorno familiar de la víctima, quienes además de enfrentar la pérdida irreparable de su pariente, recibieron una resolución judicial que ordena al condenado el pago de una indemnización de 2.0 millones de pesos. La gravedad del delito, que combinó el vínculo de consanguinidad con la intención de lucro mediante la violencia, fue un factor determinante para que el Ministerio Público solicitara la pena máxima, buscando sentar un precedente ante este tipo de actos delictivos en la comunidad.

Durante el juicio, el Ministerio Público, representado por los fiscales Wilson Díaz y Ana Basora, presentó un robusto acervo probatorio que incluyó testimonios, documentos, peritajes, así como evidencias audiovisuales y materiales. Estos elementos permitieron a los jueces Josefina Ubiera Guerrero, Ana Miledys Taveras e Isaías R. Martínez P. confirmar la responsabilidad penal del imputado. Se determinó que Acosta Mateo violó diversos artículos del antiguo Código Penal Dominicano, específicamente los relacionados con el homicidio y el robo, además de infringir la Ley 631-16 sobre el control de armas.

Con la lectura de esta sentencia, el proceso judicial en primera instancia concluye, estableciendo la culpabilidad del procesado y determinando su reclusión en el sistema penitenciario. El fallo judicial reafirma la aplicación de las sanciones previstas en la legislación dominicana para los delitos de sangre cometidos con agravantes de robo, cerrando así el ciclo legal iniciado tras el arresto del principal sospechoso mediante orden judicial.